
Diccionario de BolsaI J K L M N Ñ O P Q R S T U V W X Y Z E-mail: diccionario@joramon.com |
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A la ejecución:
Orden de compra o venta de valores que deja al agente mediador, que realiza la operación, en libertad de fijar el cambio a la que aquella deba realizarse, al no haber fijado previamente el ordenante, un cambio límite.
A la par:
Dícese del título cuya cotización es igual al 100 % de su valor nominal. En nuestro país la cotización se expresa como porcentaje del valor nominal, por lo tanto el valor a la par corresponde siempre a 100.
A la vista:
Se aplica este término a la obligación representada por medio de un efecto o documento exigible al deudor cuando se le presenta. También se denominan así las cotizaciones (de monedas o mercancías) para entrega inmediata.
A voluntad:
Es una cláusula por la que en las operaciones bursátiles a plazo, condicionales, si bien el comprador o vendedor quedan obligados de forma definitiva se reservan el derecho de liquidar la operación en cualquier fecha, dentro del plazo convenido, a condición de avisar con una antelación de 24 horas.
Absorción:
Proceso de integración del activo y pasivo de una sociedad en otra.
Acaparamiento:
Práctica monopolística tendente al encarecimiento de un producto mediante la congelación de su oferta.Acción: (Share)
Parte o fracción del capital social de una sociedad o empresa constituida como tal. Concretamente se refiere al título o valor negociable que representa a esa fracción. Cada acción o acciones lleva consigo tres derechos fundamentales:
· Voto en las asambleas de la Sociedad.
· Suscripción preferencial sobre el resto de personas en el caso de ampliaciones de capital.
· Percibir unos dividendos en el caso de reparto de beneficios por parte de la sociedad.
Acción amortizable:
Ver acción de disfrute.
Acción Antigua: (Old share)
Al producirse una ampliación de capital por medio de la cual la sociedad emitirá acciones nuevas, a las acciones que estaban ya de antes cotizando en bolsa se les da el nombre de acciones antiguas (o viejas) para no confundirlas con las recién emitidas.
Esta diferenciación es debido, a que las acciones nuevas tienen unos derechos económicos reducidos, mientras que las acciones antiguas los tienen plenos. Durante el tiempo que existan esas diferencias, permanecerán los dos nombres.
Acción común:
Ver acción.
Acción con prima:
Se llama así en los aumentos de capital a las acciones nuevas emitidas en las que se exige a los suscriptores un desembolso superior al valor nominal de los títulos, representativo (en teoría) de la plusvalía adquirida por el activo social y destinado a mantener la igualdad económica entre los viejos y los nuevos accionistas.
Acción de cuota:
Es aquella en la que su valor, por contraposición a las acciones de suma, no se expresa numéricamente en dinero, sino en forma decimal por referencia a una cuota parte del capital social. En definitiva, el valor nominal, aun no figurando en el título, puede determinarse sin más que una operación aritmética.
Acción de disfrute:
Surgen como consecuencia de operaciones de reducción de capital con cargo a beneficios o reservas libres con amortización de los primitivos títulos y entrega de unos nuevos a los antiguos titulares, que las facultan para seguir participando en los beneficios.
Acción de goce:
Ver acción de disfrute.
Acción de gracia:
Ver acción de disfrute.
Acción de industria:
Ver acción de trabajo.
Acción de oro:
Cuando el estado privatiza una sociedad pública, suele reservarse ciertos derechos para poder controlar algunas decisiones de la sociedad privatizada. A esta reserva que se hace el estado es a la que en términos coloquiales y en la prensa se le conoce con el nombre de acción de oro.
Acción de trabajo:
Surgió en el derecho francés con la finalidad de asociar en la empresa al personal a través de una participación en beneficios.
En la práctica española esta finalidad se alcanza por una doble vía:
· A través de las denominadas "prestaciones accesorias" y que pueden atribuir derecho a participar en beneficios.
· Mediante la entrega de acciones liberadas al personal.
Acción de voto plural:
Es la que está dotada de un mayor número de votos que otras acciones de igual valor nominal. En la ley de Sociedades Anónimas Española (art.38) se dice expresamente: "en ningún caso será lícita la creación de acciones de voto plural".
Acción desembolsada:
Dícese de la acción suscrita y cuyo valor nominal ha sido íntegramente ingresado en la caja social. La legislación española en este punto no admite la existencia de la sociedad por el hecho sólo de suscribirse su capital. Es exigible que cada una de las acciones que integran el capital de la sociedad esté, al menos, desembolsado en una cuarta parte.
Acción en cartera:
Es aquella acción que no ha sido suscrita por persona alguna y, por tanto, no ha sido puesta en circulación al tiempo de constituirse la sociedad, reservándose como un fondo de maniobra para su colocación por los administradores de la sociedad sin cumplir los requisitos exigibles al aumento del capital.
Acción gratuita:
Ver acción liberada.
Acción liberada:
Cuando una sociedad efectúa una ampliación de capital, en ocasiones las sociedades emiten algunas de estas acciones nuevas sin exigir un desembolso por parte del accionista, ya que la sociedad las emite con cargo a sus reservas. Las acciones que cumplen este requisito reciben el nombre de acción liberada. A veces la sociedad exige el desembolso de una porción de su valor, pasando solo el resto a reservas llamándose entonces acción parcialmente liberada.
Acción nominativa:
Acción que designa como titular a una persona determinada, por lo que es de legitimación personal.
Acción nueva: (New share)
Cuando hay una ampliación de capital en la sociedad, a las acciones que se emiten se les da el nombre de acción nueva. Esto es así para poder distinguirlas de las acciones que ya existían cotizando en la bolsa, puesto que durante algún tiempo ambas tendrán distintos derechos económicos. Una vez que finaliza el periodo en que ambas acciones coexisten teniendo distintos derechos, la acción nueva pasa a convertirse en acción antigua también.
Acción ordinaria:
Ver acción.
Acción preferente:
Recibe también el nombre de obligación participativa. Se trata de un título que es intermedio entre la acción y la obligación y que tiene una retribución fija siempre y cuando el emisor logre obtener unos beneficios mínimos.
Acción privilegiada:
Acción que a diferencia de las ordinarias, concede a su poseedor ventajas o privilegios en relación con los derechos de socio, salvo el derecho de voto. En España su creación es libre al constituirse la sociedad, pero durante la vida de ésta se condiciona severamente. La Ley española las prohibe en determinados tipos de sociedades, como es el caso de Bancos, financieras, sociedades de inversión mobiliaria, sociedades de empresas
Acción sin valor nominal:
Son de origen norteamericano. A diferencia de la concepción europea de la acción donde subsisten, generalmente difiriendo, valor real y valor nominal, éstas no tienen otro valor que el efectivo.
En España se encuentran prohibidas ya que su admisión contradiría el principio de realidad y estabilidad del capital social. La Ley de Sociedades Anónimas (art. 11.3.f) exige la constancia en los estatutos del valor nominal delas acciones en que se divide el capital. Exigiéndose que en el título conste su valor nominal.
Acción sin voto:
Estos títulos tuvieron su origen en los ordenamientos anglosajones, para los que el derecho de voto no es consustancial a la condición de accionista, enderezados fundamentalmente a garantizar el dominio de la sociedad por una minoría.
En el derecho positivo español se encuentran proscritas (art. 39 de la Ley de Sociedades Anónimas).
Acción sindicada:
Es un término empleado para referirlo a los títulos encuadrados en convenios celebrados por los accionistas con la finalidad de crear mayorías estables que aseguren en lo posible una política social determinada o de garantizar la transmisión de los títulos entre los titulares asociados (sindicatos de mando o bloqueo).
Acción subyacente:
Esta relacionada con los mercados de opciones. Se trata de la acción que se toma como base a la hora de crear un contrato para efectuar la negociación de una opción o futuro.
Si una sociedad que cotiza en bolsa, figura también en el mercado de opciones, las acciones de esta sociedad que están cotizando en la bosa, son acciones subyacentes de los contratos de opciones y futuros.
Acción vieja:
Es lo mismo que acción antigua.
Accionariado:
Conjunto de accionistas de una sociedad anónima.
Accionista: (Stock Holder)
Es el nombre que reciben los dueños de una o más acciones. En definitiva es el nombre que se les da a los socios de cualquier sociedad anónima.Acreedor:
El que tiene acción o derecho a pedir el cumplimiento de alguna obligación. Sus derechos se hallan reconocidos, en las cuentas de pasivo del deudor.
Acta:
Relación escrita de lo sucedido, tratado o acordado en una junta.
Acta de cotización:
Es el documento oficial emitido por los representantes de la Bolsa o cualquier otro establecimiento donde se compran y vendan bienes o servicios. Contiene el precio o precios que han alcanzado en el acto de la cotización los bienes intercambiados.
Acta de transferencia:
Es el documento mediante el cual el agente mediador comunica a la sociedad emisora de títulos, el nombre y datos del adquiriente de acciones de la sociedad con el fin de efectuar, en el libro de registro de la misma, su inscripción como titular legítimo de las acciones compradas.
Activo:
Es la parte del balance que recoge los saldos deudores de las cuentas, representando en unidades monetarias, lo que la empresa posee, o bien el empleo que se ha dado al conjunto de recursos financieros que figuran en el pasivo del balance.
Activo financiero:
Activo que incorpora un crédito y constituye, simultáneamente, una forma de mantener riqueza para sus titulares o poseedores, y un pasivo o deuda para las unidades económicas que lo generan. Son activos financieros típicos: el dinero, los títulos-valores y los depósitos bancarios.
Actualización:
Recibe este éste nombre el método por medio del cual se puede transformar un valor futuro en su valor actual equivalente. A la relación que existe entre el valor futuro y el presente se le llama Tasa de actualización.
Admisión en Bolsa:
Trámite por el que los valores son aceptados a cotización oficial. Toda Sociedad que desee incluir sus títulos entre los admitidos debe solicitarlo de la Junta Sindical, presentando los documentos y antecedentes que dicha Junta estime necesarios. Los efectos públicos son admitidos de oficio cuando su emisión haya sido publicada en BOE.
ADS:
Es la unidad de negociación mínima que admite el Nyse (Wall Street). Generalmente un ADS está compuesto por tres acciones de la misma sociedad.
Agencia de Bolsa:
Sociedad que hace de intermediaria en operaciones bursátiles. Generalmente asesora y administra carteras de sus clientes y realiza colocaciones privadas y públicas. Es obligatorio su registro en la CNMV. Se diferencia de la Sociedad de Bolsa en que puede realizar operaciones en su propio nombre.
Agencia de calificación:
Se trata de un tipo de Sociedad que opina y califica el nivel de calidad y solvencia en las emisiones de renta fija, bien estatales o de una sociedad privada. Usan códigos de letras y números para representar su calificación, siendo estos característicos de cada agencia.
Agente comercial:
Persona que tiene por oficio gestionar por cuenta ajena las operaciones de compra-venta. Interviene con poder suficiente en las operaciones de contrato de carácter comercial, gestionando incluso las operaciones de cobros y pagos.
Agente de cambio y bolsa:
Agente intermediario en las operaciones bursátiles. En la actualidad ya no funciona en España, siendo sus funciones desempeñadas por las Agencias de Bolsa y las Sociedades de Bolsa.
Agente económico:
Sujeto que interviene en la actividad económica. Según su actividad se distinguen:
· Agentes de producción
· Agentes de consumo
Según el nivel de análisis pueden agruparse en:
· Individuales o microeconómicos
· Intermedios
· MacroeconómicosAgio:
Tiene varias acepciones:
· Beneficio que se obtiene del cambio de la moneda o de descontar letras, pagares, etc.
· Especulación sobre el alza y la baja de los fondos públicos.
· Especulación abusiva hecha sobre seguro, con perjuicio de un tercero.
En la Bolsa constituye el beneficio obtenido en transacciones a muy corto plazo, o bien el beneficio resultante de la compra y la venta de un determinado título en diferentes mercados de valores con distinta cotización. En definitiva se trata de una especulación, valiéndose de medios ilícitos o inmorales.
Agiotaje:
Ver Agio.
Agiotista:
Persona que se dedica a realizar el agio.
Agregado:
Conjunto de elementos dela misma naturaleza o ligados a un mismo concepto, reunidos con el objeto de obtener una estimación de un conjunto que no es directamente accesible para una observación o medición.
Agregado comercial:
Funcionario experto en cuestiones económico-comerciales destinado en ciudades extranjeras, pudiendo estar afecto a embajadas, consulados o legaciones.
Ahorro:
Es el excedente dela renta sobre los gastos de consumo corriente. Los gastos de consumo de las economías domésticas normalmente son iguales o inferiores a su renta, lo cual da lugar a que se mantenga una porción de la misma apartada, en general como precaución ante posibles necesidades futuras de consumo.
Al alza:
Ver Bolsa.
Al descuento:
Este término se aplica a los títulos de renta fija que son emitidos con un descuento sobre el valor nominal de los mismos. A este tipo de títulos se le conoce con el nombre de títulos de cupón cero. Son un ejemplo típico de esta clase de títulos las Letras del tesoro.
Al mejor cambio:
Instrucciones que se cursan a los bancos o agencias de bolsa, para que una operación se haga al cambio más favorable para la persona que transmite la orden.
Alcista:
Perteneciente o relativo al alza de los valores en la Bolsa, o también de otras magnitudes económicas. Se da también este calificativo a aquellas personas que juegan al alza de los valores en la Bolsa.
Alícuota:
Parte que mide exactamente a su todo. La parte alícuota es la que resulta de dividir algo en un cierto número de partes iguales.
Alpes:
Es el agregado monetario utilizado por los bancos centrales para la fijación de sus objetivos de crecimiento de la masa monetaria y como consecuencia de ello poder determinar los tipos de interés oficiales.
Alza:
Aumento de precio que toma alguna cosa, como la moneda, los fondos públicos, las mercaderías, los valores bursátiles, etc. Se emplea para señalar los incrementos o elevaciones que en su valoración experimentan tanto los bienes económicos, como cualquier otra variable económica cuantificable.
Amex: (American Stock Exchange)
Se trata del segundo mercado de renta variable dela Bolsa de New York. En el cotización mas de dos mil Sociedades. Le sigue al Nyse en importancia.
Amortizar:
Término contable que viene a significar la pérdida del valor de un activo financiero mediante su pago o anulación, como consecuencia del uso, del transcurso del tiempo, de los adelantos de la técnica, o del cumplimiento del fin para el que estaba destinado.
Ampliación de capital:
Operación financiera consistente en modificar el capital social de una empresa aumentando s cuantía nominal. Puede realizarse recabando nuevas aportaciones de los socios, vendiendo títulos o acciones en el mercado de valores, incrementando la cuenta de capital con los saldos de las cuentas de reservas o de regularización de activo, o bien, canjeando obligaciones por acciones.
Las ampliaciones de capital, a través de la emisión de nuevas acciones y de su venta en la Bolsa, son una de las formas de financiación de las sociedades, al tiempo que constituyen una de las maneras de canalizar en las economías de mercado el ahorro privado hacia la inversión. Siempre los accionistas de la sociedad tienen derecho preferente a suscribir las nuevas acciones y además este derecho se puede también negociar en la Bolsa.
Ampliación a la par:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que las nuevas acciones son emitidas a su valor nominal.
Ampliación con prima de emisión:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que las nuevas acciones salen a un precio mayor que su valor nominal, siendo la diferencia entre estos dos precios la que constituye la prima de emisión.
Ampliación liberada:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que las nuevas acciones tienen el carácter de liberadas bien sea total o parcialmente. Es decir la emisión es gratuita para el accionista o tiene un precio inferior a su valor nominal.
Análisis bursátil:
Conjunto de técnicas que sirven de base para la adopción de decisiones respecto al mercado de valores. Su objetivo es la formulación de hipótesis sobre el funcionamiento de este mercado o de un determinado valor del mismo.
Existen dos posturas:
· De un lado el análisis técnico que trata de explicar el precio de un valor en base a modelos de comportamiento, mediante la aplicación de la estadística, usando como instrumentos de trabajo, los índices de bolsa, volúmenes de contratación, gráficos, etc.
· De otro lado el análisis fundamental, que parte del principio de que la cotización de las acciones depende de la realidad económico-financiera de la empresa.
Ambas posiciones deben tenerse en cuenta, además de no olvidar la importancia del entorno, cuando se trata de predecir el comportamiento de la Bolsa.
Análisis de balances:
Conjunto de principios que ordenados sistemáticamente ayudan a la interpretación y crítica de un balance contable. Desde el punto de vista más amplio, la interpretación de un balance lleva consigo la justificación de la situación económica que refleja aquel estado de cuentas de acuerdo con unas orientaciones técnicas, jurídicas e incluso actuariales a través de las cuales se hace más operativa la gestión empresarial.
Análisis financiero:
Conjunto de técnicas encaminadas al estudio de las inversiones con un enfoque científico. El interés que pueda ofrecer una inversión se analiza utilizando conjuntamente las técnicas que ofrecen el análisis de balances, la matemática financiera, los métodos estadísticos y los modelos econométricos. Otros aspectos que se deben de tener en cuenta, son la coyuntura sectorial o nacional y cualquier otro tipo de información política, social o económica cuya incidencia pueda estimarse importante.
Análisis fundamental:
Sistema de análisis a través del cual se trata de establecer la realidad económica y financiera de una empresa. Basándose en el análisis financiero, se trata de establecer el valor total de la sociedad para después dividirlo por el número de acciones que esta tiene y obtener así el precio teórico de una acción.
Análisis gráfico:
Dentro del análisis técnico, existe esta técnica que trata de determinar las tendencias de las curvas de cotizaciones (alcista o bajista) y establecer los posibles cambios de tendencia.
Análisis por indicadores técnicos:
Dentro del análisis técnico, es otra técnica bursátil, que basa su metodología en la aplicación de los indicadores y osciladores técnicos.
Análisis técnico:
Metodología de análisis bursátil que trata de determinar la tendencia de los valores en función de las cotizaciones históricas de los mismos, sin tener en cuenta para nada los datos financieros y fundamentales de la sociedad. Son muy variadas las técnicas que se usan para su realización, como se ha podido ver en los términos anteriores y también veremos en términos posteriores.
Anatocismo:
Aplicación del tipo de interés pactado sobre los intereses vencidos en una operación de préstamo, es decir, la consideración de estos últimos como nuevo capital sujeto al pago de intereses.
Anotación en cuenta:
Es un sistema para controlar la propiedad de los títulos de renta fija. Consiste en la anotación contable de estos títulos en una entidad financiera autorizada a tal fin. Dichas entidades están obligadas a informar de forma regular al Banco de España de sus anotaciones.
Apalancamiento: (Leverage, Gearing)
Ratio de análisis financiero, que se define como la proporción entre los fondos ajenos de la empresa con interés fijo y el total del capital (propio y ajeno) de la misma. Recibe este nombre porque produce un efecto de "palanca" en los dividendos atribuibles al capital de los socios, con tal de que el interés pagado por el capital ajeno sea menor que el rendimiento que la empresa obtenga del total del capital manejado: cuanto mayor sea esta diferencia y mayor el apalancamiento, tanto mayor será la rentabilidad atribuible al capital propio. Es evidente que el grado de apalancamiento también supone un creciente riesgo para el capital propio. Pero si se puede paliar o neutralizar éste (como en el caso de una garantía del Estado o de una concesión administrativa), el apalancamiento puede ser un mecanismo muy útil para potenciar los rendimientos del capital social: en tal caso, las empresas suelen lanzar grandes emisiones de obligaciones.
Aparcamiento:
Se trata generalmente de una práctica ilegal. Consiste en la venta de acciones a una persona o sociedad que pasa a figurar como propietaria, pero sin serlo de verdad, puesto que el vendedor retiene de forma secreta la propiedad de dichas acciones.
Aplicación:
Adscripción de una compra o una venta de acciones u otros títulos a una persona determinada. Puede ser consecuencia de la pormenorización y distribución de una orden global de compra o venta de un cierto número de acciones y que una vez realizada esta, debe detallarse para cada uno de los clientes; o puede consistir en una transmisión de títulos entre dos personas de forma directa, sin pasar por la Bolsa, pero que se realiza al cambio del día.
Apunte en cuenta:
Ver anotación en cuenta.
Arancel:
Dícese del conjunto de derechos de aduana que existen en vigor en un país determinado y en un momento determinado.
Arbitraje:
Operación que consiste en vender un valor mobiliario considerado demasiado caro, para reemplazarlo por otro cuyo curso parece más ventajoso dado su rendimiento o sus perspectivas futuras.
Arbitraje a término:
Ver arbitraje financiero.
Arbitraje al contado:
Ver arbitraje financiero.
Arbitraje de acciones y cupones:
Es el cambio simultáneo de acciones antiguas por acciones nuevas, mediante la venta de las primeras y compra de cupones, en número necesario, para que al acudir a la suscripción de la nueva emisión se obtenga el mismo número de títulos que se poseían en un principio.
Arbitraje de cartera:
Ver arbitraje financiero.
Arbitraje financiero:
Es el que opera sobre las diferencias de cotización, bien en la misma Bolsa, entre valores similares, bien en Bolsas diferentes, entre las cotizaciones del mismo valor. Arbitrar estos valores es vender el más caro donde alcanza su valor máximo, para comprar el menos caro donde resulte más ventajoso. El arbitraje al contado consiste en el cambio de valores que se poseen en cartera, por otros valores que parecen más seguros o de un rendimiento superior; de ahí su nombre también de arbitraje de cartera. El arbitraje a término consiste en vender a término un valor comprando otro en el mismo vencimiento, en previsión de una baja en el primero y un alza en el segundo. El arbitraje se hace a menudo de plaza a plaza; se trata entonces del cambio no ya de valores diferentes, sino de los mismos valores tasados en diversas Bolsas.
Arbitrajista:
Persona que se dedica a operaciones de arbitraje. Los arbitrajistas no son especuladores, ya que su intervención permite mantener conexionados los centros de negociación garantizando la unidad de cotización o precio de cada valor, frente a los demás.
Area monetaria:
Conjunto de países cuyas relaciones económicas toman como base la moneda de uno de ellos. Aunque cada país mantiene su propia moneda.
Auditor:
Persona que realiza labores de auditoría. Pueden ser de dos tipos:
· Auditor externo: Aquel que realiza las labores de auditoría y que no forma parte de la empresa que se está auditando.
· Auditor interno: Aquel que realiza labores de auditoría y que forma parte de la empresa que se está auditando.
Auditoría:
Actividad profesional consistente en el examen de los libros de comercio de una sociedad por una persona competente o auditor, generalmente técnico contable, y cuyo informe garantiza la exactitud y correcta interpretación de las anotaciones efectuadas en ellos.
Las auditorías pueden ser:
· Auditoría administrativa: Trata de poner de manifiesto el resultado de la gestión llevada a cabo por cada una de las áreas de responsabilidad y el grado de cumplimiento de las metas u objetivos que en su momento estableció la dirección.
· Auditoría externa: La que realiza un auditor externo.
· Auditoría interna: La que realiza un auditor interno.
· Auditoría operacional: Análisis y evaluación de la efectividad de los controles internos implantados en una unidad económica, con miras a facilitar la tarea del auditor.
Autocartera:
Se denomina así a la cartera formada por acciones de una sociedad en manos de la propia sociedad o de una sociedad filial a la misma. La autocartera en España no puede ser superior al 5 % de las acciones. En la mayoría de las ocasiones se produce por la necesidad de mantener la cotización en bolsa.
Autofinanciación:
Forma de financiar las inversiones caracterizada por la utilización en exclusiva de los recursos internos de una sociedad, sin acudir al crédito o al préstamo de recursos ajenos.
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Bache inflacionista:
Se llama así en macroeconomía a la cantidad en que la demanda total supera a la oferta total a los precios esperados. Mide, pues, el desajuste entre oferta y demanda que es sólo teórico, puesto que este mismo desajuste genera fuerzas tendentes al aumento de los precios de oferta, de modo que el resultado final es una igualación del valor de la demanda con el de la oferta a los nuevos precios.
Bajista:
Persona que juega a la baja en Bolsa. También se aplica el término a la tendencia a la baja de los precios en el mercado o en la Bolsa.
Bajo la par:
Ver par.
Balance:
Informe conceptual contable que recoge, debidamente sistematizados, coordinados y valorados, el conjunto de elementos patrimoniales pertenecientes a una empresa o sociedad en un instante de tiempo determinado y el resultado obtenido hasta ese momento. Las sociedades que cotizan en Bolsa, están obligadas a presentar el balance correspondiente al último día de cada trimestre del año.
Balance agregado:
Ver Balance consolidado.
Balance consolidado:
Estado de situación único, que se obtiene mediante la agrupación de los balances individuales correspondientes a cada una de las empresas jurídicamente distintas, pero pertenecientes a un grupo por existir un control común respecto a las mismas.
Balance de apertura:
Balance con el que se inician las operaciones de un ejercicio contable y que coincide con el balance final del ejercicio anterior, tanto en cuentas como en saldos.
Balance de auxiliares:
Ver Balance.
Balance de comprobación:
Modalidad del Balance de una contabilidad, consistente en una suma de saldos mensuales y totales de un determinado periodo de todas las cuentas que componen la contabilidad de la sociedad o empresa.
Balance de comprobación y saldos:
Ver Balance de comprobación.
Balance de entrada:
Cuenta transitoria que se crea, en algunos casos, para realizar operaciones de reapertura de ejercicio, y que queda saldada en el propio proceso de reapertura.
Balance de liquidación o fusión:
Balance de situación preparado con objeto de facilitar las operaciones de liquidación o fusión de una empresa.
Balance de pagos:
Ver Balanza de pagos.
Balance de saldos:
Ver Balance de comprobación y saldos.
Balance de salida:
Cuenta transitoria que se crea, en algunos casos, para realizar operaciones de cierre de ejercicio, y que queda saldada en propio ejercicio de cierre.
Balance de situación:
Ver Balance.
Balance final:
Balance de situación correspondiente al cierre de un ejercicio contable.
Balance general:
Ver Balance.
Balance inicial:
Balance con el que se abre el primer ejercicio económico de una empresa, y en el que se refleja un resumen del inventario inicial de los bienes, derechos, obligaciones y capital, con el que se da comienzo al negocio.
Balance inventario:
Ver Balance.
Balanza:
Nombre que recibe, con carácter general, cualquier estado contable que resume el movimiento de una cuenta a lo largo de un periodo.
Balanza básica:
En la Balanza de pagos, es la integración de las Balanzas por cuenta de renta y de capital a largo plazo.
Balanza comercial:
Se llama así en macroeconomía a la balanza que recoge los movimientos en un periodo de tiempo, por lo general un año, de mercancías entre un país u otras unidades territoriales y el resto del mundo; también se aplica este nombre al registro que sólo comprende las transacciones con otro país o área.
Balanza de donaciones:
Ver Balanza de transferencias.
Balanza de mercancías:
Ver Balanza comercial.
Balanza de movimientos de capital:
En macroeconomía la balanza de movimientos de capital, también llamada Balanza por Cuenta de Capital, constituye aquella parte de la Balanza de Pagos destinada a recoger contablemente aquellas operaciones que afectan a la situación acreedora de un país frente al resto del mundo.
Balanza de operaciones corrientes:
Ver Balanza de Pagos.
Balanza de pagos:
En macroeconomía se define como un documento contable que registra sistemáticamente todas las transacciones económicas ocurridas durante un período determinado, entre los residentes de un país y los residentes del resto del mundo.
La Balanza de Pagos se estructura en cuatro sub-balanzas parciales: mercancías, servicios, transferencias y capitales:
1. Balanza de Operaciones Corrientes (o Balanza por Cuenta de Renta):
1.1. Balanza de Bienes y Servicios.
1.1.1. Balanza de Mercancías (o Comercial).
1.1.2. Balanza de Servicios.
1.2. Balanza de Transferencias.
2. Balanza de Operaciones de Capital (o por Cuenta de Capital):
2.1. Balanza de Capital a largo plazo.
2.2.1. Capital privado.
2.2.2. Capital público.
Aunque puede presentar irregularidades e imperfecciones debido a que en la práctica resulta imposible ir contabilizando una a una todas las transacciones, constituye hoy uno de los documentos fundamentales de cualquier economía, moderna. Es un instrumento de análisis económico de enorme importancia ya que permite diagnósticos sobre la situación económica de carácter más global y perfecto que los que podrían lograrse separadamente analizando series parciales de comercio exterior, migraciones, turismo, etc.
Balanza de servicios:
En macroeconomía constituye una parte de la Balanza de Bienes y Servicios, que a su vez se integra en la Balanza de Operaciones Corrientes o por Cuenta de Renta. La Balanza de servicios recoge los ingresos y pagos que se derivan de servicios prestados al o por el extranjero. En la columna de ingresos se anotan como exportaciones los servicios prestados al extranjero, y en la de pagos los recibidos.
Balanza de transferencias:
En macroeconomía constituye una parte de la Balanza de Bienes y Servicios, que a su vez se integra en la Balanza de Operaciones Corrientes o por Cuenta de Renta. En la columna de ingresos se anotan las transferencias recibidas del exterior en concepto privado o público, en la columna de pagos se anotan en el caso de que dichas transferencias las efectuara el país que elabora la Balanza.
Balanza económica:
En macroeconomía se suele dar este nombre a la expresión contable de la ecuación de origen y utilización de recursos de una economía, desagregada según criterios funcionales. En ella se consideran como fuentes de recursos las rentas de trabajo y de capital, cuya suma es el Producto Neto del Sector Privado de la economía, pudiendo descomponerse cada una de estas dos clases de rentas según sus variedades o partes diferenciables.
Banco central:
Entidad eje del sistema bancario de un país que con carácter general tiene como objetivo controlar y dirigir el conjunto de instituciones financieras, así como la emisión y puesta en circulación de la moneda nacional y preservar el valor de ésta frente a otras monedas.
Banco de España:
Por Ley de 28 de enero de 1856 se concede esa denominación al Nuevo Banco Español de San Fernando. Dicha Ley solicitada reiterádamente por el Banco a la vista de que la capacidad de emisión autorizada en 1851 era claramente insuficiente, introdujo muchas más modificaciones que las del nombre.
La nota clave del comportamiento del Banco de España en los años centrales del siglo XIX fue la ayuda prestada al Gobierno en los momentos en que éste la demandó.
La pretensión del Banco de España de convertirse en el único emisor de moneda fue realidad en virtud del Decreto de 19 de marzo de 1874 y declarado posteriormente Ley el 17 de julio de 1876.
En la actualidad es el Banco Central de España, a su frente existe un Gobernador del Banco de España y es una entidad que opera totalmente independiente del Gobierno de la Nación.
Banco emisor:
Es el nombre que también se le suele dar al Banco Central de un país, dada su facultad de ser el emisor en exclusiva de la moneda propia del país.
Banda de fluctuación:
Se refiere a los márgenes por arriba y por abajo en los que puede fluctuar o moverse o una determinada moneda en sus tipos de cambio con relación a su paridad. La banda se define, en torno a un tipo de cambio central prefijado, como porcentaje máximo de revaluación o devaluación que puede alcanzar la cotización de una moneda en el mercado., Si la cotización sobrepasara los márgenes señalados, el Banco Central de la moneda afectada debe intervenir, comprando o vendiendo su moneda, hasta situarla nuevamente dentro de los límites prefijados. Los niveles extremos de la banda de fluctuación reciben el nombre de puntos de intervención, puesto que señalan la necesidad de que el Banco Central referido intervenga en el mercado.
Bandera: (Flag)
Es una de las figuras típicas del análisis chartista. Está formada por una rápida subida de precios que da lugar al mástil de la bandera y un triángulo posterior formado por oscilaciones en las cotizaciones arriba y abajo que forman el paño de la bandera. Se forma tanto en movimientos alcistas como bajistas del mercado y pueden indicar tanto confirmaciones de la tendencia como movimientos de vuelta, según sea su punto de ruptura. También se les conoce con el nombre de Banderolas o Banderitas.
Barrer:
Se trata de una forma de operar en Bolsa que suelen practicas los inversores grandes institucionales a fin de comprar grandes paquetes de valores de una determinada sociedad, sin que se eleve el precio de los mismos. Consiste en comprar al precio al que salen al mercado con mucho cuidado de no presionar los precios al alza.
Barril:
Unidad de volumen de petróleo. Un barril equivale a 158,98 litros. En las estadísticas anglosajonas la producción se expresa frecuentemente en barriles/día. La transformación en toneladas depende de la densidad de los productos en cuestión, pero frecuentemente se admite como índice medio de conversión, que 1000 barriles/día es equivalente a 50.000 toneladas/año.
Batería de indicadores:
Se le llama así en análisis técnico a un conjunto de indicadores bursátiles, relacionados todos con un mismo valor, a fin de poder realizar el estudio de un determinado valor de una forma conjunta y buscando el complemento entre unos y otros, para la obtención de un mejor resultado en el estudio.
BCE:
Es el acrónimo o siglas del Banco Central Europeo. Empezó su funcionamiento en el año 1988. En el futuro tiene como principal objetivo el garantizar la estabilidad del euro.
Beneficio:
De forma general, es la ganancia o exceso de los ingresos sobre los gastos, producidos en el curso de una operación, durante un periodo de tiempo determinado o al final de la vida de una empresa. Lo contrario justo al beneficio son las pérdidas.
Bear:
Oso en inglés. Es una expresión de uso en los mercados de valores que se utiliza para indicar la baja de las cotizaciones.
Beneficio bruto:
Es el beneficio que obtiene una sociedad antes de haber deducido los impuestos.
Beneficio neto:
Es el beneficio que obtiene una sociedad después de haber deducido los impuestos.
Beneficio por acción:
Se trata de un ratio del análisis financiero. Es el resultado de dividir el beneficio neto por el número total de acciones de una sociedad.
Beta:
Indicador de riesgo. Marca en que medida una acción sigue las fluctuaciones del mercado. Cuanto mayor de 1 es su valor mayor es el riesgo.
Bien:
Cualquier cosa susceptible de satisfacer una necesidad. Se suele exigir que la capacidad de satisfacerla responda a alguna propiedad de la cosa y que sea conocida por el individuo, y el bien esté -al menos potencialmente- disponible, es decir, que su capacidad de satisfacción pueda ser efectiva.
Bien acabado o terminado:
Aquel que está listo para su uso o consumo.
Bien agotable:
Aquel del que existen cantidades limitadas en la naturaleza.
Bien colectivo:
Bien de uso al que no es aplicable el principio de exclusión, es decir, que el disfrute o utilidad que reportan a un sujeto no impiden su uso por otro sujeto.
Bien comunal:
Aquel que pertenece a una comunidad o colectivo (especialmente, ayuntamiento o concejo) que no es patrimonio privado del ente corporativo.
Bien consumible:
Aquel que puede servir directa o indirectamente para el consumo.
Bien de capital:
Aquel que forma parte del capital real, o conjunto de las instalaciones, equipos y medios productivos, o se destina a intervenir en un proceso de producción.
Bien de consumo:
Aquel que satisface necesidades directamente, por lo tanto, el que ha corrido todas las fases de producción.
Bien de equipo:
Aquel que forma parte o está destinado a formar parte de las instalaciones fijas con fines productivos.
Bien de inversión:
Aquel que es adquirido o susceptible de ser adquirido para su utilización en un proceso productivo.
Bien de lujo:
Bien cuya demanda aumenta más que proporcionalmente cuando aumenta la renta del consumidor. Sólo aparece este comportamiento a partir de un cierto nivel mínimo de renta del consumidor.
Bien de pobre:
Ver Bien inferior.
Bien de primer orden:
Aquel que satisface directamente necesidades.
Bien de primera necesidad:
Aquel cuya demanda crece menos que proporcionalmente con la renta del consumidor desde niveles muy bajos de ésta.
Bien de producción:
Aquel que colabora indirectamente a la obtención de bienes que satisfacen las necesidades.
Bien de uso:
Bien de consumo no perecedero, es decir, que no desaparece al satisfacer una necesidad. Es típico el vestido.
Bien de uso público:
Aquel a cuyo disfrute tiene derecho toda una colectividad o comunidad amplia o parte sustancial de ella.
Bien diferenciado:
Aquel que siendo esencialmente similar a otro, posee características secundarias que lo distinguen. Por ejemplo, modelos sucesivos de automóviles.
Bien económico:
Aquel que no se encuentra disponible en cantidad suficiente para satisfacer las necesidades. Ver Bien escaso.
Bien en proceso:
Aquel que esta inserto en un momento dado dentro de un proceso de producción.
Bien escaso:
Aquel que no se encuentra en cantidad ilimitada y disponible para satisfacer necesidades. Si, además, satisface necesidades de hecho, es bien económico.
Bien final:
Aquel que satisface directamente necesidades de consumo o de inversión.
Bien físico:
Se utiliza para distinguir dentro de los bienes, los de carácter estrictamente material, cuando el término bien se utiliza en el más amplio sentido de la palabra.
Bien Giffen:
Bien inferior en el que al aumentar su precio aumenta su demanda. Se trata de aquellos casos, en que el efecto-renta alcanza una cuantía tal que compensa y sobrepasa al efecto-sustitución, de signo contrario.
Bien gratuito:
Aquel que es proporcionado gratuitamente por el Estado u otro ente público sin ser un bien de carácter colectivo.
Bien inferior:
Aquel cuya demanda crece menos que proporcionalmente con la renta del consumidor, y que generalmente aumenta la demanda cuando disminuye su precio.
Bien inmueble:
Aquel que no es susceptible de traslado. Los bienes inmuebles se pueden clasificar en:
· Bienes inmuebles por naturaleza, como el suelo y subsuelo.
· Bienes inmuebles por incorporación, como construcciones.
· Bienes inmuebles por destino. Cuando se les unen cosas muebles.
· Bienes inmuebles por analogía, como concesiones hipotecarias.
Bien intermedio:
Aquel que es utilizado o está destinado a ser utilizado como materia prima o auxiliar de un proceso de producción y es a su vez, un bien producido.
Bien libre:
Aquel que no es escaso. El que existe disponible en cantidades superiores a las necesidades que existen de él.
Bien mueble:
Son aquellos que pueden trasladarse de una parte a otra, sin menoscabo de la cosa inmueble que los contiene. La distinción entre bien mueble e inmueble ha perdido importancia actualmente, debido a las variaciones ocurridas en el orden económico. La existencia de bienes muebles que otorgan la propiedad del inmueble (p.e., acciones de Sociedades Anónimas), las necesidades del tráfico comercial, etc., han restado valor a la distinción.
Bien necesario:
Aquel bien normal cuya demanda crece menos que proporcionalmente al aumentar la renta del consumidor.
Bien nuevo:
Aquel que se introduce por primera vez en un mercado.
Bien original:
Aquel que no ha sido producido. Suelen considerarse con este carácter los recursos minerales y el suelo agrícola.
Bien perecedero:
Aquel que desaparece al utilizarse para el consumo.
Bien producido:
Aquel resultante de aplicar trabajo y capital en un proceso de transformación realizado por el hombre.
Bien público:
Aquel de titularidad pública. Habitualmente puede comprender tanto bienes de uso público como bienes gratuitos o colectivos de uso no público.
Bien raíz:
Aquel que abarca varias categorías de bienes, entre los que destacan los cuatro tipos de bienes inmuebles.
Bien renovable:
Aquel que existe en la naturaleza en cantidades prácticamente ilimitadas en relación a las necesidades existentes.
Bien semiacabado o semielaborado:
Aquel que no es apto todavía para el consumo o la inversión, y que no satisface directamente necesidades, por requerir previamente la aplicación de algún proceso productivo.
Bien sustitutivo:
Aquel que presenta propiedades similares para una determinada producción o un fin concreto de consumo, y aquel que presenta la misma utilidad o satisface la misma necesidad.
Bien tangible:
Aquel bien o servicio comprado y/o vendido entre residentes y no residentes de un país cuya retribución es anotada en la balanza comercial.
Bill brokers:
Expresión inglesa que se puede traducir por intermediarios de efectos. Trafican con efectos comerciales.
Bimetalismo:
Sistema monetario cuya unidad es definida en función de dos metales, normalmente oro y plata, existiendo una relación legal y fija entre el valor monetario de ambos.
Blando:
Se usa en términos financieros para indicar que algo es de mala calidad o débil.
Blue chip:
Término inglés que se usa para señalar a los títulos principales de un mercado de valores, es decir aquellos que tienen mayor volumen de negocio. El nombre hace referencia al color (azul) de la sala en que se cotizaban los títulos más importantes en la Bolsa de New York.
Boletín confidencial:
Se le da este nombre a aquellas publicaciones periódicas especializadas en información económica y que tienen información reservada sobre un tema o una actividad.
Bolsa:
Mercado financiero en donde se compran y venden acciones, obligaciones, bonos y otros activos financieros, a través de intermediarios financieros que reciben el nombre de brokers. También se la conoce como Bolsa de Valores o Bolsa de Comercio.
Bolsa de Londres:
Es la primera plaza financiera de Europa, su índice más importante es el Footsie y cuenta con más de dos mil empresas cotizando en su mercado. Es la bolsa que cuenta con más títulos extranjeros cotizando. Está situada en la City al este de Londres.
Bolsa de New York:
Es la más importante e influyente del mundo. Su índice más conocido es el Dow Jones. Se encuentra situada en Wall Street y consta de varios mercados. Los de renta variable son:
El Nyse en el que cotizan las sociedades de primer orden de Estados Unidos.
El Amex en donde cotizan el resto de las sociedades.
El Nasdaq que es un mercado electrónico en el que cotizan principalmente sociedades de alta tecnología.
Bolsa de Tokio:
Es la segunda bolsa del mundo por capitalización bursátil. Su índice más conocido es el Nikkei. Representa el 95 % del mercado de Japón y es conocida con el nombre de Kabuto Cho.
Bono:
Recibe también el nombre de pagaré, obligación, letra, etc... Se tratan de títulos que representan el derecho a percibir un flujo de pagos periódicos en un futuro a cambio de entregar en el momento de su adquisición una cantidad de dinero.
Bono a la par:
Se trata de un tipo de emisión de bonos, en la cual se ha de pagar su valor nominal.
Bono al descuento:
Es un tipo de emisión de bonos en la que se produce un descuento sobre su valor nominal, siendo el interés que producen la diferencia entre el precio de compra y su valor nominal.
Bonos basura:
Reciben este nombre aquellos bonos, que presentan un alto riesgo y como compensación del mismo, tienen un tipo de interés muy elevado.
Bonos con prima:
Son aquellos que se emiten con un sobreprecio sobre su valor nominal. Este sobreprecio es lo que se conoce como prima de emisión.
Bono del Tesoro:
Son títulos de Deuda Pública a medio plazo (2 a 5 años) y que emite el Tesoro Público con un nominal de 10.000 pesetas, aunque su precio de compra es variable según las condiciones de la subasta que se realiza para su colocación. Su rendimiento es explícito, es decir con pago periódico de intereses y que se liquidan por años vencidos. Se negocian en el mercado secundario de renta fija.
Bono nocional:
Se utiliza como subyacente en los contratos de futuros, por tanto es un bono teórico que no existe en realidad. Su nominal es de 10.000.000 de pesetas, con una tasa nominal del 9 %, emisión a la par y vencimiento trimestral (marzo, junio, septiembre, diciembre). Su valor en el mercado de futuros se publica en enteros, es decir, en porcentaje sobre su valor nominal.
Bottom:
Término usado en el análisis chartista para designar a la parte más baja de la curva de cotizaciones cuando esta comienza a subir, después de haber tenido un descenso. Es equivalente a mínimo. Cuando se forman dos o tres de estos mínimos seguidos, recibe el nombre de doble bottom y es una figura típica de cambio de tendencia.
BPA:
Es el acrónimo de Beneficio por acción.
Break out:
Su traducción sería punto de ruptura. Se usa en el análisis chartista para designar el momento en que una cotización rompe una línea de resistencia.
Broker:
Término inglés con el que se conoce a los intermediarios financieros.
Bruto:
Es el importe total de algo sin deducción alguna.
Bund:
Es el equivalente al Bono del Tesoro español, pero emitido por el gobierno alemán.
Bull:
Palabra inglesa que se utiliza para indicar en los mercados de valores, el alza de las cotizaciones. Su significado real es toro.
Bundesbank:
Es el nombre que recibe el Banco Central de Alemania.
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Caballero blanco:
Es el nombre que sele da aquella persona que acude en ayuda de una empresa que sufre una OPA hostil, lanzando una contra-OPA a un precio superior para neutralizarla.
Cabeza y hombros:
Se trata de una figura chartista de cambio de tendencia formando tres tops consecutivos, uno central más alto llamado cabeza y dos laterales más bajos llamados hombros, uno antes y otro después de la cabeza.. Se trata de una figura bajista. Existe también la figura invertida, es decir, formada por tres bottoms siendo esta de tendencia alcista.
Cac 40:
Es el principal índice de la bolsa de París. Está compuesto por los 40 valores principales y tiene una ponderación fija invariable. También existe un Cac de carácter general formado por los 239 valores más importantes.
Calentar:
Se da este nombre a aquella operación de bolsa consistente en mover al alza una cotización con ánimo de vender posteriormente, la elevación se consigue usando rumores o compradores ficticios a la vez que se realizan fuertes compras. Cuando se ha conseguido que la cotización se dispare al alza, se vende rápidamente. También se puede calentar a la baja a fin de realizar compras especulativas a bajo precio.
Calificación de obligaciones:
Se trata de un proceso de análisis financiero mediante el cual una Agencia de calificación da su opinión sobre la solvencia de una emisión de valores de renta fija, calificándola según un código ya preestablecido.
Call:
Nombre que en los mercados de derivados reciben las opciones de compra.
Cámara de compensación:
Organismo que en los mercados financieros ejerce la función de garante de todas las transacciones. La cámara se sitúa de eje de la transacción convirtiéndose en comprador frente al vendedor y en vendedor frente al comprador.
Cambio:
Precio que tiene una determinada moneda en relación a otra moneda extranjera. A la relación existente entre ambas se le llama tipo de cambio.
Cambio base:
Es la media aritmética entre los tipos de cambio más alto y más bajo de una sesión. Sobre este cambio base se obtienen los cambios oficiales, añadiendo o restando un 1,5 % al mismo. En las bolsas no se suele usar el cambio base, sino que se usa el valor al cierre.
Cambios de intervención:
Son los tipos de cambio de las cotizaciones de divisas que establece el Banco Central para definir el límite de oscilación de las mismas en un determinado día. El Banco adquiere el compromiso de comprar o vender todas las divisas que le ofrezcan al precio de intervención máximo o mínimo.
Cambios flotantes:
Tipos de cambio en un mercado libre en el que el mismo sube y baja de acuerdo con la oferta y la demanda.
Canal:
Se llama así en el análisis chartista a la figura formada por la cotización en su movimiento entre una línea de resistencia y una línea de soporte paralelas. Los canales pueden ser horizontales, alcistas y bajistas.
Candlesticks:
Es un tipo de gráfico de bolsa originario de Japón, en el que además de usar las cotizaciones de máximo, mínimo y cierre, se utiliza también la cotización de apertura.
Cap:
Instrumento financiero que se utiliza en los prestamos de interés variable para cubrir el riesgo de que el tipo exceda de un nivel fijado de antemano. El proveedor del contrato cobra como contrapartida una comisión.
Capital:
Recursos provenientes del ahorro o del préstamo que se destina a la adquisición de activos financieros o reales.
Capital flotante:
Parte del capital de una sociedad que cotiza en bolsa y no está controlada por accionistas estables.
Capital riesgo:
Inversión de capital de una nueva sociedad que en su misma naturaleza puede ser considerada como actividad de alto riesgo. La rentabilidad esperada es también muy superior para compensar un probable porcentaje de fracasos.
Capital social:
Capital aportado por los accionistas para constituir una sociedad y que les otorga derechos sobre la misma en el reparto de beneficios, ampliaciones de capital, etc.
Capitalismo:
Doctrina económica que se basa en la propiedad privada de los factores de producción que considera que el sistema de libertad del mercado y de precio es el más eficiente para lograr la óptima asignación de recursos en una economía.
Capitalismo popular:
Teoría por la que se distribuye la propiedad de las empresas públicas entre el mayor número posible de ciudadanos para que se puedan beneficiar del desarrollo de las mismas.
Capitalización bursátil:
Es el valor del capital de una sociedad obtenido a partir de su cotización en bolsa. Se obtiene multiplicando la cotización de sus acciones por el número de las mismas. Este mismo cálculo se puede realizar para todo el mercado, sumando la capitalización de todas las sociedades que componen el mercado.
Cartel:
Convenio entre empresas independientes del mismo sector, a fin de reducir la competencia entre ellas, regular los precios y la producción. Es una práctica ilegal en la mayoría de los países.
Cartera de valores:
Es el conjunto de títulos que posé una persona o una entidad como inversión financiera.
Casas de Bolsa:
Es el nombre por el que se conocen a las sociedades de mediación en bolsa y a las sociedades de análisis bursátil.
Cash:
Palabra inglesa cuyo significado es caja y que se utiliza en el sentido de liquidez.
Cash flow:
Su traducción es flujo de caja. Refleja los recursos generados por una empresa en un determinado periodo. Comprende la suma de los beneficios, amortizaciones y previsiones.
Cazador de gangas:
Inversor que está pendiente de las bajadas de las cotizaciones para adquirir títulos y venderlos en cuanto la cotización recupera su valor habitual.
Cebes:
Nombre que se le da a los certificados de depósito del Banco de España y que fijan de forma oficial el tipo de interés del dinero en nuestro país.
Central de anotaciones:
Es el organismo encargado dentro del Banco de España de registrar y anotar en cuenta todas las transaciones que se realizan con los títulos y garantiza la propiedad de los mismos. Este organismo sustituye a los antiguos títulos físicos.
Certificado de depósito:
Se trata de la certificación que emite un banco sobre un determinado depósito realizado por un cliente.
Cesta de fondos:
Inversión que se realiza adquiriendo diversos fondos con características diferentes a fin de diversificar los riesgos y conseguir mejor rentabilidad y seguridad en la inversión.
Cesta de monedas:
Es el conjunto de divisas que se usan para establecer el valor de una determinada moneda.
Ciclo económico:
Es la variación a largo plazo de la situación económica de un país, medida a través de sus índices macroeconómicos. El ciclo se llama expansión si es alcista y recesión si es bajista.
Ciclo bursátil:
Es la variación a largo plazo de las cotizaciones que dan lugar a la tendencia primaria de la bolsa. Por lo general estos ciclos coinciden con los ciclos económicos con un adelanto de 6 a 12 meses.
Cifra de negocios:
Es la cifra total de los ingresos de una sociedad en un determinado periodo.
Circulo virtuoso:
City:
Es el nombre que se le da al centro financiero de Londres y donde están establecidas entre otras instituciones la Bolsa de Londres.
CNMV:
Acrónimo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Es la encargada del buen funcionamiento y vigilancia del cumplimiento de todas las normativas vigentes en la Bolsa.
Cobertura:
Coeficiente de caja:
Se trata de un depósito financiero obligatorio que todas las instituciones financieras deben mantener en el Banco de España.
Colgado:
Nombre que se le da a un inversor que ha comprado valores a los precios máximos, cuando bajas las cotizaciones de los mismos.
Colocación:
Venta de activos financieros a personas o instituciones, generalmente con la asignación de una comisión para los intermediarios a fin de incentivar la misma. Se puede realizar a través de una oferta privada o pública de venta.
Colocar:
Depositar un dinero o títulos en una institución financiera con unas determinadas condiciones pactadas de antemano.
Collar:
Se trata de un instrumento financiero que se usa para cubrir los riesgos de movimientos inesperados de los tipos de interés.
Comisión:
Cantidad fija o variable que cobra una Agencia de Bolsa por la prestación de sus servicios. Suelen establecerse en porcentajes sobre el importe de la compra o venta, con una cantidad mínima sino se alcanza un determinado volumen.
Comité de mercados abiertos de la reserva federal:
Organismo de la reserva federal de los Estados Unidos, que se reúne trimestralmente para determinar el tipo oficial deldinero.
Commodity:
Palabra inglesa que se utiliza para calificar a las diferentes materias primas y que sirve de subyacente en los mercados de futuros.
Compra:
Toda aquella operación de adquisición de algún bien, realizada a cambio de dinero.
Compra apalancada:
Se llama así a aquella compra de un activo financiero que se efectúa con un desembolso mínimo de dinero, ya que se utiliza el propio fondo financiero que se adquiere como garantía de dicha compra. Es de uso corriente en los mercados de derivados, implicando una mayor posibilidad de obtener beneficios o pérdidas. Se conoce como grado de apalancamiento a la relación existente entre el dinero desembolsado y el valor real del activo adquirido.
Condonar:
Perdonar una obligación o deuda.
Consejo de Administración:
Organo colegiado que dirige la marcha de una sociedad supervisando y guiando la actuación de la dirección. La Junta General de Accionistas, es la encargada de nombrar a sus componentes y de ratificarlos en los cargos.
Consolidado:
Término que se usa para los balances, informes contables y cuenta de resultados de una sociedad que a su vez esta formada por muchas otras filiales. Se suman las partidas, compensando las cuentas y los saldos de las filiales para reflejar la situación patrimonial y la rentabilidad del grupo de empresas.
Contabilidad:
Es un soporte básico para tomar decisiones sobre inversiones, basándose en criterios y procedimientos existentes para asegurar la correcta valoración de bienes, derechos y obligaciones.
Contabilidad administrativa:
Sistema contable propio de las entidades que actúan sin ánimo de lucro. Su punto de partida y su nota característica es el presupuesto, mientras que su finalidad es demostrar que los ingresos obtenidos han sido debidamente aplicados a los gastos autorizados, habiéndose desarrollado el presupuesto de acuerdo con lo previsto.
Contabilidad analítica:
Ver contabilidad de costes.
Contabilidad comercial:
Ver contabilidad externa.
Contabilidad de costes:
Tiene por objeto la captación, medición, registración, valoración y control de la circulación interna de valores de la empresa, al objeto de suministrar información para la toma de decisiones sobre la producción, formación interna de precios de coste y sobre la política de precios de venta y análisis de los resultados, mediante el contraste con la información que revela el mercado de factores y productos, basándose en:
a) leyes técnicas de producción.
b) leyes sociales de organización.
c) leyes económicas de mercado.
Contabilidad de explotación:
Ver Contabilidad de costes.
Contabilidad de gestión:
Ver Contabilidad de costes.
Contabilidad especulativa:
Sistema contable propio de comerciantes y empresas que actúan con ánimo de lucro. Su punto de partida es el inventario general, para formar los correspondientes balances de situación y determinar el beneficio o pérdida en el ejercicio.
Contabilidad externa:
Parte de la contabilidad dedicada al estudio de todas las transacciones que la empresa realiza con el mundo exterior. Se la conoce también como contabilidad financiera, contabilidad general y contabilidad comercial.
Contabilidad financiera:
Ver Contabilidad externa.
Contabilidad general:
Ver Contabilidad externa.
Contabilidad industrial:
Ver Contabilidad de costes.
Contabilidad interna:
Rama de la contabilidad, diferenciada de la externa o financiera tanto por sus características como por sus objetivos. En ella se plantea y analiza sistemáticamente toda la problemática contable relativa tanto al proceso de formación y transformación de valores que se produce dentro de la unidad económica, como a la evaluación y control de la eficiencia económica.
Contabilidad nacional:
Sistema de cuentas integradas cuya finalidad es dar una visión sistemática de los flujos de producción, renta y gasto de una economía nacional, durante un periodo determinado.
Contabilidad pública:
Contabilidad administrativa desarrollada por la administración económica del Estado y demás organismos públicos.
Contabilidad regional:
Contabilidad social, cuando la colectividad delimitada es de ámbito inferior al correspondiente al Estado. Sus fundamentos y esquemas son análogos a los de la contabilidad nacional.
Contabilidad social:
Conjunto de técnicas de registro y su plasmación en cuentas, que tiene por objeto medir sistemáticamente los valores de todas las corrientes de bienes y servicios que tienen lugar en una colectividad dada, durante un determinado periodo de tiempo.
Contraasiento:
Asiento contable en el diario o en el mayor, cuyo objeto es subsanar el error cometido en otro anterior.
Contraopa:
Como indica su nombre, es una OPA que se presenta en contra de otra OPA anterior, lógicamente las condiciones de esta segunda para que pueda tener éxito, deberán ser más favorables.
Contrapartida:
Son los títulos o dinero necesarios para que se pueda realizar una orden de compra o venta a una determinada cotización. Las contrapartidas aseguran la liquidez del mercado. En contabilidad, asiento que figura en el haber de una cuenta y que tiene su compensación en una partida del debe de otra cuenta, o viceversa.
Contrato:
Acuerdo entre dos o más partes mediante el cual se obligan los contratantes a dar, hacer o no hacer alguna cosa, que vienen especificadas claramente en el mismo.
Contrato de futuros:
Contrato por el que una parte compra o vende una cantidad normalizada de un activo financiero (títulos, materias primas, etc). La cantidad recibe el nombre de subyacente y cotizan en los mercados de derivados o futuros.
Contribución:
Cantidad que se paga a un organismo público (municipio o Estado), en concepto de impuestos.
Conversión:
Sustitución de un título que incorpora una determinada clase de derecho por otro título que acredita derecho de características distintas.
Convertibilidad:
Es la posibilidad de poder cambiar en el mercado de divisas unas monedas por otras, sin que exista control alguno sobre los cambios ni restricciones para residentes.
Convertible:
Adjetivo que se aplica a una obligación que tiene la posibilidad, en el momento de su amortización, de ser canjeada, a un tipo de conversión convenido, por acciones de la sociedad emisora.
Corredor de bolsa:
Antiguo mediador financiero en bolsa. En la actualidad han sido sustituidos por las Sociedades de Bolsa y las Agencias de Bolsa.
Corredor de comercio:
Agente de comercio colegiado que efectúa su trabajo en lugares donde no existe bolsa de valores. Hace las veces de mediador cualificado y fedatario público.
Corrección:
Se dice que la cotización de un valor o de un índice ha sufrido una corrección, cuando se produce una caída de la misma, después de una subida y que oscila (la cada) entre un tercio y la mitad de la subida.
Corretaje:
Comisión que se abona a un intermediario como pago por sus servicios. Generalmente está ajustada a una ley o arancel previamente establecido.
Corro bursátil:
Lugar, dentro del salón de contratación de un mercado de valores en el que en un momento dado, se negocian ciertos valores previamente determinados. Cada corro tiene, por consiguiente, su horario y sus valores.
Corto plazo:
Se trata de un término subjetivo referente al periodo de tiempo de duración de las operaciones bursátiles, dependiendo su clasificación del sector de la actividad a que se refieren. En bolsa este periodo de tiempo entre compra y venta suele ser de 15 sesiones (tres semanas naturales). Se le da el nombre de a muy corto plazo, cuando el vencimiento es de una semana (5 sesiones).
Cotización:
Es el precio de equilibrio para un título en función de la oferta y la demanda. Igualmente se utiliza este nombre para el precio al que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la bolsa o en los mercados monetarios.
Cotización de cierre:
Es la cotización que tiene una acción en el momento del cierre de la sesión de bolsa. Existen también la cotización de apertura, la máxima y la mínima, todas ellas referentes a la sesión, aunque la más conocida y de mayor uso es la cotización de cierre.
Cotizar:
Asignar el precio de un valor en la Bolsa o en el mercado.
Coyuntural:
Se le da este nombre a la situación que tiene la economía en un momento determinado y que puede ser diferente de la situación económica.
Crack:
Derrumbamiento. Desastre financiero. Quiebra, bancarrota.
Creador de mercado:
Intermediario que anuncia ininterrumpidamente los precios y cantidades que se dedica a intervenir.
Crédito al mercado:
Se trata de una modalidad de operar en los mercados de valores por la que el operador solo desembolsa un porcentaje del total.
Criterios contables:
Conjunto de normas o principios de valoración de activos, devengos, ingresos, etc, que deben seguirse para que la contabilidad de una sociedad refleje de la forma más ajustada posible la realidad económica de la misma.
Cuartillo:
Término usado para designar en los tipos de interés el equivalente a 250 puntos básicos o a un cuarto de punto.
Cuenta de explotación:
Informe contable en el que se recogen los flujos reales originados por la gestión normal de la empresa, principalmente la variación de existencias y las cuentas de compras, ventas, gastos e ingresos. Hoy en día es más usado el término cuenta de resultados.
Cuenta de pérdidas y ganancias:
Cuenta que recoge los resultados de la cuenta de explotación, los resultados extraordinarios y la cartera de valores, antes y después del pago de impuestos.
Cuentas directas de deuda anotada:
Se trata de un servicio que presta el Banco de España, de acuerdo con el tesoro público, para que cualquiera puede suscribir cualquier modalidad de Deuda del Tesoro con unas comisiones mínimas.
Cuidadores:
Profesionales de los mercados financieros que se encargan de mantener, la cotización de un título en unos niveles predeterminados, dentro de lo posible.
Cupón:
Se da este nombre a cada uno de los cobros de dividendos o derechos de suscripción que ejerce el accionista propietario de un determinado valor. El nombre le viene dado por las antiguas acciones que llevaban adjuntas unos cupones que el accionista iba recortando para cobrar los dividendos.
Curva:
Representación esquemática de las fases sucesivas de un fenómeno por medio de una línea cuyos puntos van indicando valores variables.
Curva de cotización:
Es la línea que en un chart dibuja la cotización de un valor al desplazarse a lo largo del tiempo. El estudio de estas curvas, constituye la base del análisis chartista.
Custodia de títulos:
Servicio que prestan las personas físicas o jurídicas, principalmente Bancos, que manejan títulos de propiedad mobiliarios o inmobiliarios, consistente en mantener en lugar seguro los citados títulos y ponerlos a disposición de sus titulares en el momento en que éstos así lo soliciten.
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Chart:
Gráfico que representa los movimientos de las acciones u otros tipos de títulos. Los hay de muchos tipos: point and figure, logarítmico, etc.
Chart de barras:
Tipo de gráfico en el que cada sesión de un valor se representa como una pequeña barra vertical en la que figura la cotización máxima, la mínima y como un pequeño guión horizontal, la cotización de cierre.
Chart logarítmico:
Gráfico en el que la escala usada para representar las cotizaciones es tipo logarítmico, con lo que a porcentajes de subidas iguales corresponden espacios iguales en la escala. En lugar de representar puntos de movimiento, se representan porcentajes de movimiento.
Chartismo:
Técnica del análisis bursátil que pertenece al anális técnico. También se conoce con el nombre de análisis gráfico.
Chartista:
Nombre que se les da a aquellas personas que realizan el chartismo.
Chicago Board of trade:
Mercado que tiene su sede en Chicago. Se trata del mayor mercado de opciones y de futuros del mundo
Chicharo:
Palabra usada en el argot de la bolsa para referirse a aquellos valores que son muy baratos y con escasa liquidez en bolsa. En los momentos de fuertes subidas o bajadas siguen multiplicando la tendencia del mercado
Chiringuito financiero:
Nombre que se le da a aquellas entidades financieras de pequeño tamaño y de funcionamiento irregular rondando incluso la ilegalidad a veces.
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Dax:
Se trata del índice más importante de la bolsa de Frankfort. Está formado por la media ponderada de los 30 títulos de mayor capitalización de los que forman dicha bolsa.
Débil:
Es la calificación que se hace de los activos financieros que tienen precios poco estables y fuerte tendencia a descender, fundamentalmente referido a las divisas.
Déficit:
Descubierto que resulta en una cuenta, comparando el activo con el pasivo o los ingresos con los gastos. También se puede definir como el resultado de unas cuentas de gastos mayores que las de ingresos (pérdidas).
Déficit comercial:
Importe de la diferencia originada por un mayor valor de las compras respecto del valor de las ventas (pérdidas en ventas).
Déficit de caja:
Insuficiencia de recursos monetarios líquidos que se produce cuando los ingresos en efectivo son menores que los gastos en efectivo.
Déficit de explotación:
Importe de la diferencia entre el valor de las ventas menos los gastos de explotación, cuantos estos últimos son mayores que los primeros.
Déficit de la balanza comercial:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza de capital:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza de pagos:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza de servicios:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza de transferencias:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza por cuenta corriente:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la nación por cuenta corriente:
Situación de la balanza de pagos de un país en la que los ingresos proporcionados por las transacciones de la balanza por cuenta corriente son inferiores a los pagos al exterior realizados por las transacciones de esa balanza de operaciones corrientes.
Déficit de tesorería:
Insuficiencia de recursos financieros a corto plazo como consecuencia de un mayor volumen de gastos de explotación y de inversión en comparación con los ingresos y la financiación.
Déficit del Tesoro:
Saldo negativo del presupuesto del Tesoro o presupuesto consolidado de caja que refleja una situación en la que las salidas de caja originadas por los gastos públicos son superiores a las entradas debidas a los ingresos corrientes del Estado.
Déficit exterior:
Aquella situación en la que los pagos internacionales que realiza un país son mayores que los ingresos que en oro y divisas percibe de otros países. El déficit exterior está ocasionado por las transacciones internacionales de un país, tanto por cuenta corriente como de capital. Por tanto, la medición y la búsqueda de las causas de un déficit exterior hay que hacerlo en la balanza de pagos. El desequilibrio negativo, o el saldo negativo, de la balanza de pagos indica el déficit exterior y refleja un empeoramiento en la posición neta de liquidez internacional de un país. Para algunas finalidades de estudio, el déficit exterior puede venir medido por el saldo negativo de cualquiera de las subbalanzas de la balanza de pagos. De esta manera puede hablarse de déficit de la balanza comercial, déficit de la balanza de servicios, déficit de la balanza por cuenta corriente, déficit de la balanza de transferencias o déficil de la balanza de capital.
Déficit financiero:
Falta de recursos financieros con relación a las necesidades de financiación.
Déficit fiscal:
Ver Déficit del Tesoro.
Déficit presupuestario:
En términos generales, diferencia en la que superan las previsiones de gastos a las previsiones de ingresos en el presupuesto realizado por cualquier agente económico.
Déficit público:
Ver Déficit del Tesoro.
Deflación:
Proceso en el que el valor de la unidad monetaria está aumentado a consecuencia de una caída en los precios. En la práctica constituye una situación en la que la disminución de la demanda monetaria global se debe a una menor producción de bienes y servicios, lo que provoca una inferior demanda de factores productivos, una disminución de la renta monetaria y una caída del nivel general de precios.
Deflactar:
Transformar una magnitud económica expresada en términos corrientes a los precios de un año base. El valor de un bien o servicio es igual al producto de su cantidad por el precio del mismo (V=QxP), por tanto, la operación de deflactar consiste en separar o disgregar Q (la cantidad) de P (el precio). El resultado muestra pues, el valor real del flujo o fondo correspondiente a la variable económica considerada, es decir, el valor a precios constantes.
Deflactor:
Indice de precios utilizado para deflactar una magnitud o un valor monetarios.
Demanda:
Deseo o plan de adquisición de un bien o de un conjunto de bienes. En general se admite que la demanda depende del precio del bien, de la renta del sujeto y de los precios de los bienes que son sustitutivos o complementarios del primero.
Demanda agregada:
Conjunto de la demanda dirigida a todos los bienes existentes en el mercado de una economía nacional.
Demanda conjunta:
Cuando dos o más bienes son complementarios, en el consumo o en la producción, se dice que existe demanda conjunta de ellos.
Demanda de dinero:
Está constituida por tres motivos fundamentales:
1) Basado en la función que tiene el dinero como medio de cambio. La cantidad de dinero demandada dependerá de la producción. 2) El público desea mantener cierta cantidad de dinero disponible para hacer frente a necesiddes o gastos extraordinarios.
3) El hecho de que el público mantiene dinero ocioso que no necesita para transacción ni por precaución y que no transforma en activos rentables cuando considera que el tipo de interés existente es suficientemente bajo como para esperar que suba en un futuro próximo.
Demanda de liquidez:
Cantidad de activos líquidos que los agentes económicos desean mantener. La demanda de liquidez está constituida fundamentalmente por la demanda de dinero, que es el activo plenamente líquido.
Demanda de precaución:
Ver demanda de dinero.
Demanda de trabajo:
Demanda que las empresas tienen con motivo de la producción. No es sino un caso particular de demanda de un factor, y como tal depende del precio del factor, que en este caso es el salario, y del precio del producto.
Demanda de transacción:
Ver demanda de dinero.
Demanda derivada:
Demanda que es consecuencia de otra demanda.
Demanda diferida:
Recibe este nombre la demanda no manifestada como consecuencia de situaciones excepcionales (p.e. una guerra) y que se manifiesta al término de las mismas.
Demanda efectiva:
En términos generales, la efectivamente realizada, que no tiene por qué coincidir con la planeada. La demanda efectiva es la determinante del nivel de renta y del volumen de la oferta global alcanzada.
Demanda elástica:
Aquella que es muy sensible ante variaciones del precio del bien considerado.
Demanda especulativa de dinero:
Ver demanda de dinero.
Demanda externa:
Cantidad de bienes y servicios producidos en un país demandados por residentes en el extranjero.
Demanda final:
La consistente en bienes o servicios para consumo, inversión, públicos o privados o para exportación. Desde otro punto de vista, es igual al gasto bruto de la economía, o empleo de los recursos.
Demanda global:
En términos agregados, el conjunto de las distintas demandas de consumo, inversión, etc.
Demanda inelástica:
Aquella que es poco sensible a las variaciones del precio del bien.
Demanda insatisfecha:
Aquella parte de la demanda planeada (en términos reales) en que éste excede a la oferta planeada y que, por lo tanto, no puede hacerse compra efectiva de bienes y servicios.
Demanda intermedia:
Conjunto de bienes intermedios demandados como factores de la producción a los sectores económicos de un país.
Demanda interna:
Cantidad total de bienes y servicios demandados por los residentes en un país.
Demanda normal:
Recibe este nombre la demanda, cuando, como es el caso general, decrece al aumentar el precio del bien y viceversa.
Demanda planeada:
La que desean los sujetos económicos en función de sus expectativas de rentas y de precios.
Demanda realizada:
Ver demanda efectiva.
Demanda rígida:
La que es insensible a las variaciones del precio. Es sinónimo de demanda inelástica.
Demora:
Tardanza en el cumplimiento de una obligación desde el momento en que esta es exigible. Puede dar lugar a responsabilidades civiles o al pago de intereses (intereses de demora).
Denominar:
Dícese de la moneda en la que es emitida una determinada deuda. Por ejemplo: se dice una emisión de págares denominada en dólares, cuando la emisión ha sido realizado en dólares.
Departamento:
Cada una de las partes en que se divide un territorio cualquiera, un edificio, un vehículo, una caja, etc.
Departamento de valores:
En los bancos, es la sección encargada de la custodia y ejecución de las órdenes de compraventa y suscripción de valores por cuenta de los clientes.
Deport:
Diferencia entre la cotización al contado y a plazo de una divisa, cuando la cotización a plazo de la misma es menor que la cotización al contado.
Depositante:
Persona que constituye un depósito, entregando la cosa al depositario, quien asume la obligación de guardarla y restituirla. Al ser el depósito un contrato real no se requiere una capacidad especial en el depositante, y ni siquiera es necesario que este sea propietario de la cosa depositada.
Depositario:
Persona en quien se deposita una cosa. En el caso de bolsa, institución financiera que se hace responsable de la administración y custodia de los valores de renta fija o variable, cobrando una comisión por dicha custodia y encargándose de todo lo referente a ellos: cobrar dividendos, avisar de ampliaciones, etc.
Depósito:
Contrato mediante el cual una parte (depositante) entre a otra (depositario), que la recibe, una cosa mueble con la obligación de custodiarla, conservarla y restituirla al serle reclamada por el depositante o por quien tenga derecho a hacerlo.
Depósito a la vista:
Depósito bancario de cuyo saldo puede disponer el depositante previo aviso.
Depósito a plazo:
Depósito mantenido en una institución bancaria por una persona o empresa y del que no puede disponerse hasta después de transcurrido un período de tiempo o bien después de notificar, con el preaviso fijado, la intención de retirarlo.
Depósito administrado:
Depósito en el que no solamente se realizan los actos de conservación propios de un depósito, sino además los de administración que el depósito requiera.
Depósito afecto:
Aquel que sirve de garantía total o parcial de una obligación contraída por el titular del depósito o de un tercero con la entidad depositaria. Suele ser habitual cuando la solvencia del beneficiario del crédito es limitada y solicita nuevas operaciones de riesgo.
Depósito bancario:
Modalidad de depósito en la que el cliente entrega una suma de dinero al banco, formalizándose la operación y obligándose la institución a devolverle las sumas recibidas a su requerimiento o a un vencimiento determinado o bien con un plazo previo de aviso, según las condiciones pactadas.
Depósito bloqueado:
Aquel que responde como garantía de obligaciones contraidas y no cumplidas por el titular del depósito con la entidad depositaria.
Depreciación:
Pérdida que experimenta una moneda al disminuir su precio expresado en otras monedas.
Depresión económica:
Fase baja del ciclo económico. Se manifiesta por una disminución de la tasa de inversión, que lleva consigo la aparición de paro masivo y la disminución de la demanda de bienes de consumo.
Derecho:
Acción que se tiene sobre una persona o cosa, por la que se puede hacer o exigir algo.
Derecho de braceaje:
Exceso de valor nominal de la moneda acuñada sobre el intrínseco, del que se beneficia el Estado emisor con objeto de resarcirse de los gastos de acuñación.
Derecho de suscripción:
Derecho intangible del que disponen los accionistas de una sociedad que amplia su cpital y mediante el cual se les concede el privilegio de poder suscribir en la nueva emisión un número de acciones proporcional al de las que posean.
Derecho de tanteo:
Derecho para realizar algo con preferencia sobre otros.
Desaceleración:
Proceso de disminución transitorio del ritmo de crecimiento de una magnitud económica, y que se manifiesta porque en un periodo dado la tasa de crecimiento es menor que en igual periodo inmediatamente anterior.
Desactivación:
Proceso de pérdida del ritmo de crecimiento de una economía, o de algún aspecto de la misma.
Desbloquear:
Autorizar la utilización o disposición de los bienes o créditos bloqueados, por haber desaparecido la causa que impuso el bloqueo o haber cumplido la pena impuesta por dicha causa.
Descolgado:
Se dice de la situación en la que suele quedar un inversor cuando se produce una subida de las cotizaciones en la bolsa y el pobrecito se encuentra con la cartera sin títulos.
Descontar:
Compra al contado por parte de un Banco de un crédito no vencido, acreditado en un título.
Descontado por el mercado:
Se usa esta expresión, cuando ante una noticia confirmada referente a un asunto relacionado con la bolsa o la economía, el mercado no reacciona. La razón suele ser debida, a que el mercado había reaccionado ya previamente cuando la noticia era solamente un rumor.
Descubierto:
Utilización de fondos más allá de lo que permite el saldo acreedor existente, ampliando, de este modo, la dimensión del depósito previamente realizado. En bolsa se usa el término para indicar aeuellas operaciones de compra o venta de títulos, que se realizan sin fondos para cubrirlas o sin los títulos en propiedad; se realiza a muy corto plazo basándose en la esperanza de acabar la operación con beneficios antes de que se exija su cumplimentación.
Descuento:
Rebaja, compensación de una parte de la deuda.
Desembolso:
Entrega de dinero en efectivo como consecuencia de una compra o una obligación de pago. Es sinónimo de pago.
Desestatificación:
Privatización de una propiedad estatal. En este tipo de políticas la propiedad privatizada normalmente era ya originalmente privada, tratándose, por tanto, de una reprivatización, a menudo a favor de los propietarios originales.
Desfalco:
Acción de tomar para sí dinero o bienes que se tenían bajo obligación de custodia. Su devolución no aminora la responsabilidad penal, pero si afecta a la responsabilidad civil, en función de la cantidad que se haya restituido.
Desfase:
Periodo de tiempo preciso para que el valor de una variable económica cambie como respuesta al cambio experimentado por otra variable con la que está interrelacionada.
Desmonetización:
Acción y efecto de abolir el empleo de un metal para la acuñación de moneda. Quitar a un papel moneda, o a la moneda misma, su valor legal. Convertir, por fundición, la moneda en pasta, destinándola a otros usos.
Despegue:
Momento en el que un país subdesarrollado inicia un crecimiento apreciable y sistemático.
Desvalorización:
Disminución del valor de una moneda fiduciaria con relación al oro.
Deuda:
Obligación que uno tiene de pagar, satisfacer o reintegrar a otro una cosa, por lo común dinero, o de cumplir un deber.
Deuda consolidada:
Deuda pública a corto plazo convertida en deuda a largo plazo. Cuando el Estado -deudor- ve aproximarse la fecha de vencimiento de una determinada emisión de deuda a corto plazo, puede convertir esta deuda flotante en otra consolidada, aplazando esa fecha.
Deuda del Tesoro:
Ver deuda flotante.
Deuda denunciable:
Deuda pública en la que el Estado se reserva la facultad de devolver el capital, aunque no está obligado a hacerlo.
Deuda desgravable:
Deuda pública con el privilegio adicinal de que sus propietarios pueden desgravarse de las cuotas del impuesto sobre la renta o de sociedades, un determindo porcentaje de los importes invertidos.
Deuda especial:
Deuda pública emitida para atender a una finalidad específica.
Deuda estampillada:
Deuda pública que se encuentra en poder de extranjeros y cuyo pago se hace en divisas.
Deuda exterior:
Deuda de un país con residentes en el extranjero y que se paga en moneda extranjera.
Deuda finalista:
Ver deuda especial.
Deuda flotante:
Es la deuda emitida por el Tesoro dentro del ejercicio de cada presupuesto para atender a las diferencias de vencimiento entre los créditos activos y pasivos del mismo. Generalmente se identifica con la deuda a corto plazo.
Deuda general:
Deuda pública emitida para atender a los gastos generales del Estado.
Deuda improductiva:
Deuda pública en la que la actividad financiada por ella no rinde beneficios.
Deuda inscrita:
Deuda pública que consta en el Registro Oficial de la deuda. La inscripción puede ser al portador, nominativa y mixta.
Deuda interior:
Deuda del Estado con residentes en el interior del país y que se paga con moneda nacional.
Deuda no autoliquidable:
Ver deuda productiva.
Deuda no denunciable:
Deuda pública en la que el Estado se compromete a no devolver el capital, pagando sólo los intereses.
Deuda perpetua:
Es aquella que no incorpora obligación de reembolso ni fecha de vencimiento.
Deuda política:
Deuda pública contratada de Estado a Estado.
Deuda productiva:
Deuda pública en la que la actividad financiada produce beneficios. Puede ser autoliquidable u no autoliquidable.
Deuda pública:
Se entiende por deuda pública al conjunto de los préstamos concedidos al Estado que han sido documentados en forma de títulos-valores; títulos en virtud de los cuales el Estado se compromete al pago periódico de unos intereses y a la eventual devolución de los capitales en el caso de que la deuda contraída tenga carácter de amortizable.
Deuda registrada:
Deuda pública que proporciona al acreedor un derecho inscrito en el Registro de la deuda, en lugar de un derecho documentado.
Deudor:
El que debe o está obligado a satisfacer una deuda.
Deutsche Bundesbank:
Banco Federeal Alemán.
Devaluación:
Disminución del tipo oficial al cual una divisa es intercambiada por otra. Reducción del valor de la moneda de un país en relación con las demás monedas realizada por las autoridades monetarias de un país.
Devengo:
Momento en el que tiene lugar el nacimiento o adquisición del derecho a percibir una cierta cantidad de dinero, bien como retribución por razón de trabajo o servicio, bien por otras causas, tales como vencimiento de intereses, dividendos de acciones, etc.
Devolución:
Acto por el cual un banco devuelve un documento (recibo, letra de cambio, factura, etc.) presentado al cobro o domiciliado en cuenta por falta de saldo suficiente para ser atendido.
Diagrama:
Esquema construido con el fin de representar gráficamente un fenómeno, proceso u organización determinado.
Diagrama de Hamilton:
Sistema de predicción bursátil en el que mediante un cuadro o diagrama, se representan los posibles caminos de las posiciones de dinero y las posiciones de papel.
Diferencial:
Diferencia existente entre el coste de los fondos tomados por una entidad financiera y el precio a que ésta los presta.
Dilución:
Se usa este término en bolsa para indicar la disminución del valor de las acciones mediante nuevas emisiones o por la conversión de obligaciones en acciones. Al haber más, aunque el beneficio de una sociedad sea el mismo, el beneficio por acción se reduce al igual que el dividendo, por lo que el valor de la acción disminuye.
Dinero:
Es el medio legal para realizar los pagos. Esta representado por medio de monedas o billetes y se usa como unidad de medida en las transacciones económicas. En la bolsa se le da este calificativo (dinero) a las posiciones de demanda de un determinado valor.
Dinero barato:
Recibe este nombre un criterio de política económica derivado del modelo keynesiano, según el cual el crecimiento económico se verá favorecido manteniendo un tipo de interés bajo.
Dinero caliente:
Nombre que recibe, en los niveles de los movimientos internacionales de capital, aquel que se mueve con rapidez de un país a otro, y con carácter fundamentalmente especulativo tratando de aprovechar ventajas transitorias, referidas por lo común a las cotizaciones de las distintas divisas.
Dinero en circulación:
Dinero activo en circulación o total monetario de un país.
Dinero errante:
Ver dinero caliente.
Dinero legal:
Recibe este nombre, el dinero al que el Estado confiere poder liberatorio pleno o limitado (modeda fraccionaria). La moneda de pleno contenido, la moneda fraccionaria y los billetes de Banco constituyen, hoy, el dinero legal de un país.
Directriz acelerada:
Directriz de la misma tendencia que la directriz principal pero mucho más inclinada y de una duración equivalente al corto o medio plazo.
Disponibilidades líquidas:
Conjunto del dinero efectivo en manos del público y de los saldos de las cuentas corrientes, de ahorro y de plazo existentes en el sistema financiero de un país en un momento dado.
Disponible:
En la banca se le llama asi en los créditos, a la diferencia entre el límite concedido y la cantidad dispuesta.
Dispuesto:
En la banca se le llama así en los créditos, a la suma que ha sido utilizada por el deudor.
Diversificación:
Confección de una determinada cartera de valores, con títulos y países que no tengan relación entre si, buscando que un posible descenso en los precios en alguno de ellos, no produzca consecuencias sobre el resto de los valores de la cartera.
Dividendo:
Pago, normalmente realizado en efectivo, que una sociedad efectúa a sus accionistas, de modo que representa la participación de éstos en la fracción de beneficios que el Consejo de Administración acuerda repartir.
Dividendo a cuenta:
Dividendo repartido antes de terminar el ejercicio, como anticipo de los resultados que se espera obtener del mismo.
Dividendo activo:
Dividendo que supone un reparto de beneficios, o sea, una entrega de dinero a los accionistas.
Dividendo bruto:
Dividendo integro sin tener deducidos los impuestos.
Dividendo complementario:
Dividendo que se distribuye una vez liquidado el ejercicio económico, como complemento del dividendo a cuenta.
Dividendo con cargo a reservas:
Expresión utilizada para designar el reparto de dividendos efectuado en un ejercicio en el que la empresa no ha obtenido beneficios, distribuyendo en forma de dividendos los beneficios obtenidos en períodos anteriores, mantenidos en forma de reservas en el pasivo del balance de situación de la misma.
Dividendo en acciones:
Dividendo pagado en acciones de la porpia sociedad, que, en lugar de repartilo en efectivo, ha hecho una ampliación con cargo al saldo de pérdidas y ganancias, procediendo luego a repartir las ac